Abogada Especialista en Contratos y Reclamaciones

Dudas sobre redacción, revisión e incumplimiento de contratos.

✦ Responde María Teijo

Sí, los contratos firmados con intimidación, dolo o error pueden ser anulados. Debes acreditar que existió esa presión o engaño — lo más difícil suele ser la prueba. El plazo para impugnarlos es de 4 años desde que cesó la causa que vició el consentimiento.

✦ Responde María Teijo

Puedes exigir el cumplimiento forzoso del contrato o resolverlo y pedir daños y perjuicios. Lo primero y más importante es enviar un requerimiento formal mediante burofax exigiendo el cumplimiento en un plazo concreto. Si no responden o incumplen, hay que acudir a la vía judicial.

✦ Responde María Teijo

Sí. En España los contratos no requieren forma escrita para ser válidos, salvo excepciones (compraventa de inmuebles, etc.). Un intercambio de correos o mensajes en el que conste la oferta y la aceptación puede ser un contrato válido y ejecutable judicialmente.

✦ Responde María Teijo

Depende de lo que diga el contrato. Muchos contratos de servicios incluyen cláusulas de permanencia o penalizaciones por rescisión anticipada. Si el contrato tiene vicios, si el servicio no se ha prestado correctamente o si hay cláusulas abusivas, pueden existir vías para rescindirlo sin penalización.

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